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APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE VIVIENDAS MUNICIPALES DESTINADAS A ALQUILER SOCIAL
06/11/2024

El Pleno del Ayuntamiento de Outes, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre del 2024, ha acordado la aprobación provisional de la imposición y ordenación de la tasa por utilización de viviendas municipales destinadas a alquiler social. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquiera persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen los alegatos que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://outes.sedelectronica.gal] y página web municipal [www.outes.gal].

Si transcurrido dicho plazo no se presentaron reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.  

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APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE LAS VIVIENDAS SOCIALES MUNICIPALES
06/11/2024

Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2024 la Ordenanza municipal reguladora de los criterios de adjudicación, normas de funcionamiento y utilización de las viviendas sociales municipales, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete la información pública por el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquiera interesado en las dependencias municipales para que se formulen los alegatos que se estimen pertinentes. Asimismo, estará la disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [https://outes.sedelectronica.gal] y página web municipal [www.outes.gal].

En caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza. 

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